Origen: un derivado latino.
Significado "regalo de la tierra."
A. Deber de aceptar responsabilidades contractuales. Antes de que un Distribuidor Independiente de Productos pueda actuar como Inscriptor o Patrocinador tiene que reunir todos los requisitos y aceptar todas las responsabilidades descritas en el Contrato.
B. Colocación. Un Distribuidor Independiente de Productos puede referir Personas a la Compañía como solicitantes para convertirse en Distribuidores Independientes de Productos. Una vez que la Compañía ha aceptado el Formulario de Acuerdo del Distribuidor Independiente de Productos, los solicitantes son colocados en la Organización del Inscriptor que aparece en el Formulario de Acuerdo del Distribuidor Independiente.
C. Capacitación y apoyo de la Organización. A fin de tener éxito como Inscriptor o Patrocinador, Un Distribuidor Independiente de Productos debe asumir las obligaciones de capacitación y apoyo de los Distribuidores Independientes de Productos de su Organización. El éxito de un Distribuidor Independiente de Productos solo puede venir a través de la venta sistemática de productos de la Compañía y la venta de productos de otros Distribuidores Independientes de Productos dentro de su Organización.
D. Mercados Locales Abiertos: Un Distribuidor Independiente de Productos tiene derecho a inscribir y patrocinar a otros Distribuidores Independientes de Productos únicamente en Mercados Locales Abiertos. Ver la Sección 15.
E. Convertirse en un Patrocinador de Inscripción o Patrocinador de Colocación Exitoso. Para ser un Patrocinador de Inscripción, Patrocinador de Colocación o líder exitoso, un Distribuidor debe realizar las siguientes responsabilidades:
F. Deber de cuidar del Inscriptor y Patrocinador. Los inscriptores y patrocinadores tienen la responsabilidad y deber especial de asegurarse de que sus acciones u omisiones no causen o den como resultado pérdida, daño o vergüenza a cualquier miembro de su Organización o de la Compañía, y tienen que actuar prontamente para rectificar cualquiera de dichas pérdidas, daño o vergüenza.
Al momento de la inscripción los Inscriptores deben cerciorarse de que quienes se estén inscribiendo estén informados en cuanto a quién es su Inscriptor. Los Distribuidores Independientes de Productos no deben dejar la asignación del derecho de inscripción de un nuevo Distribuidor Independiente de Productos a los miembros de su línea ascendente ni a ninguna otra persona.
G. Realineación de toda o parte de una Organización. La Compañía se reserva el derecho de mover o realinear una Organización, o parte de la misma, de aquellos Inscriptores o Patrocinadores que violen los términos de este Manual de Políticas o cometan o se involucren en conducta moral infame según sea determinado por la Compañía a criterio exclusivo. Nada que contenga este Manual obliga a la Compañía a tomar medida alguna, ni tampoco renuncia a ningún derecho por posponer o declinar hacerlo.
Son ejemplos de conducta moral infame (sin ser exhaustivos): insinuaciones o comunicaciones sexuales indeseadas, no pagar deudas, bancarrota, daño físico, jugarretas o abuso, robo e interferencia con relaciones familiares.
La Compañía dará 30 días de aviso anticipado a cualquier Inscriptor o Patrocinador cuya Organización esté siendo movida o realineada.