Origen: un derivado latino.
Significado "regalo de la tierra."
Activo: Un Distribuidor Independiente de Productos que ha comprado productos dōTERRA dentro de los últimos 12 meses.
Cuota de renovación anual: Un cargo que tiene que pagar todo Distribuidor Independiente de Productos a la Compañía para renovar su Derecho de Distribución cada año en la fecha de aniversario de inscripción del Distribuidor.
Bono: Remuneración (a veces llamada "comisiones") pagada por la Compañía a un Distribuidor Independiente de Productos según el volumen de productos vendidos por la Organización del Distribuidor después de cumplir los requisitos del Plan de Remuneración de Ventas de dōTERRA. Ver la Sección 10.
Apéndice de solicitud de negocio: Un documento complementario del Formulario de Acuerdo del Distribuidor Independiente de Productos. El Apéndice de Solicitud de Negocio tiene que ser llenado y firmado por toda sociedad, corporación u otra entidad legal (véase Corporación) que esté solicitando hacerse Distribuidor Independiente de Productos. El Apéndice de Solicitud de Negocio debe incluir a todas las personas que sean socios, accionistas, principales, oficiales, beneficiarios, directores o miembros de una Corporación.
Compañía: Compañía o "dōTERRA" significa dōTERRA International, LLC.
Crédito en la Compañía: Crédito en la Compañía es el saldo por cobrar en la cuenta de un Distribuidor Independiente de Productos. El Crédito en la Compañía puede usarse para comprar productos o canjearse por efectivo (comparar con Crédito de Productos).
Contrato: Los acuerdos entre un Distribuidor Independiente de Productos y la Compañía que comprenden este Manual de Políticas y el Formulario de Acuerdo del Distribuidor Independiente de Productos junto con cualquier Apéndice de Solicitud de Negocio.
Corporación: Cualquier entidad comercial, tal como una corporación, sociedad, compañía de responsabilidad limitada u otra forma de organización comercial legalmente formada bajo las leyes del estado en que fue organizada.
Cliente: El término "Cliente" incluye a los Clientes al por Mayor.
Derecho de Distribución: El término "Derecho de Distribución" es otro término para el negocio de cualquier Distribuidor Independiente de Productos, tal y como es representado por una relación contractual del Distribuidor Independiente de Productos con la Compañía.
Propiedad intelectual de dōTERRA: Propiedad intelectual de dōTERRA significa toda la propiedad intelectual que dōTERRA Holdings, LLC o cualquier empresa afiliada reclama como suya, o reclama tener el derecho a usarla, incluso, pero sin limitarse a: marcas comerciales, marcas de negocios, marcas de servicios y el contenido de sus publicaciones, ya sea que estén o no registradas con autoridades gubernamentales relevantes.
Línea descendente: Otro término que significa Organización.
Inscrito: Un Inscrito es un Distribuidor Independiente de Productos que ha sido inscrito por un Inscriptor.
Inscriptor: Inscriptor es una designación que da a un Distribuidor Independiente de Productos derecho a calificar para Rangos y Bonos de Inicio Rápido en el Plan de Remuneración de Ventas. Los inscriptores también disfrutan de la habilidad de identificar al patrocinador de un nuevo Distribuidor Independiente de Productos dentro de la Organización del Inscriptor. Un Inscriptor también puede ser el Patrocinador (comparar con Patrocinador).
Mercado Local: Un país individual o grupo de países que la Compañía designa.
Programa de Autoenvío (LRP): El Programa de Autoenvío (LRP) es un programa de órdenes de productos donde un Distribuidor Independiente de Productos puede configurar entregas mensuales automáticas de productos dōTERRA, y puede calificar como Distribuidor Independiente de Productos para recibir Créditos de Productos y otros beneficios en el Plan de Remuneración de Ventas (ver la sección 10.B.7).
Mercado local abierto: Un país o región geográfica designada por escrito por la Compañía como oficialmente abierta para el negocio dōTERRA.
Organización: El grupo de Distribuidores Independientes de Productos patrocinados en la cadena de patrocinio en línea descendente directa y subsiguiente de un Distribuidor Independiente de Productos.
Persona: Un individuo, corporación, sociedad u otra entidad legal.
Rangos: Designaciones (niveles) ganados por y dados a Distribuidores Independientes de Productos en la estructura del Plan de Remuneración de Ventas de la Compañía, incluyendo: Consultor, Gerente, Director, Ejecutivo, Élite, Premier, Plata, Oro, Platino, Diamante, Diamante Azul y Diamante Presidencial. Los rangos son ganados y determinados cada mes.
Manual de Políticas: Otro término para Contrato.
Declaraciones de productos: Declaraciones relacionadas con la eficacia o efecto de los productos dōTERRA. Las declaraciones de productos son reguladas por los gobiernos federal, estatal o local en que hace negocios el Distribuidor Independiente de Productos, incluso la Administración de Alimentos y Medicamentos, la Comisión Federal de Comercio o agencias gubernamentales similares en la jurisdicción del Distribuidor Independiente de Productos.
Créditos de productos: Los Créditos de Productos son puntos canjeables (no por efectivo) que pueden usarse para comprar productos designados por la Compañía. Los Créditos de Productos se otorgan como parte del autoenvío (LRP) y según el criterio de la Compañia a Distribuidores Independientes y Clientes que lo merecen. No hay Volumen Personal ni Volumen Organizativo asociado con el canje de Créditos de Productos (comparar con Crédito en la Compañía).
Ayuda de Ventas: Cualquier material, físicamente impreso o en forma digital, usado para ofrecer o vender productos de la Compañía, reclutar candidatos a Distribuidor Independiente de Productos o capacitar a los Distribuidores Independientes de Productos, el cual se refiere a la Compañía, los productos de la Compañía, el Plan de Remuneración de Ventas o la Propiedad Intelectual de dōTERRA.
Patrocinador: Un Distribuidor Independiente de Productos que tiene a otro Distribuidor Independiente de Productos colocado directamente debajo de él o ella en su Organización (comparar con Inscriptor).
Distribuidor Independiente de Productos: Una Persona que es un contratista independiente autorizado por la Compañía para comprar y vender productos al por menor a Clientes, reclutar a otros Distribuidores Independientes de Productos y recibir Bonos de acuerdo con los requisitos del Plan de Remuneración de Ventas. Una relación de Distribuidor Independiente de Productos con la Compañía es regida por el Contrato. Más de una Persona puede ser incluida en un Derecho de Distribución como cosolicitante. En tal caso, Distribuidor Independiente de Productos se refiere a todas las Personas colectivamente, aunque cada Persona individualmente tiene todos los derechos y obligaciones de un Distribuidor Independiente de Productos.
Formulario de Acuerdo del Distribuidor Independiente de Productos: La solicitud, ya sea en forma impresa o electrónica, de convertirse en Distribuidor Independiente de Productos que, una vez aceptada por la Compañía, es parte del Contrato entre el Distribuidor Independiente de Productos y la Compañía.
Cliente Al por Mayor: Un Cliente al por Mayor es una Persona que compra productos a precios descontados. Un Cliente al por Mayor no gana bonos a través del Plan de Remuneración de dōTERRA. Un Cliente al por Mayor, sin embargo, puede ganar, según el volumen, descuentos sobre los productos a través del Programa de Autoenvío (LRP) de dōTERRA.
Formulario de Acuerdo del Cliente al por Mayor: La solicitud, ya sea en forma impresa o electrónica, de convertirse en Cliente al por Mayor.